La mediación penal es un hecho controvertido. Efectivamente tiene adeptos
y detractores. Parece que todos entendemos que
se puedan mediar asuntos muy complejos pero no tanto los penales. ¿Y por
qué no? No es algo descabellado, en realidad un estado no debería diseñarse
sobre la voluntad UNICA de castigar. Habrá asuntos irresolubles, pero ¿ganamos
algo con los que se puedan resolver?
La mediación penal es una filosofía positiva y muy beneficiosa, primero
para las víctimas y después, solo
después, para el infractor; se trata de trabajar por y para las víctimas y si
luego conseguimos que los infractores no vuelvan a delinquir y asuman su
responsabilidad, todos ganamos.
Es cierto que la mediación penal no puede reemplazar o desplazar los
actuales sistemas de justicia penal, pero
si sumar o complementar un sistema de justicia, que muchas veces tiene poco
de justo, al dejar fuera uno de los ejes centrales del conflicto, las partes. Los
tribunales no dan respuesta estos conflictos, están sobrecargados y
deshumanizan a victima e infractor. Por otro lado, la mediación penal permite a
las partes participar activamente.
Si la mediación en general tiene por objeto la mejora de la comunicación y
el alcance de acuerdos, la mediación
penal se justifica y tiene su objetivo en que la víctima se vea resarcida
de los daños sufridos, ya sean materiales o morales, a través del dialogo que
se produce entre victima e infractor. Por ello
es fundamental ofrecer a la victima un espacio seguro para poder expresarse y sentirse respetado y ser
asistido por un tercero neutro que garantice el equilibrio y dirija el proceso
adecuadamente.
El objetivo es alcanzar la protección y sanación de la víctima, la responsabilidad
del infractor y la reparación de las perdidas, conseguir que a través del dialogo el otro se recobre al compartir su
dolor y conseguir el arrepentimiento.
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