ASEDEME4

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lunes, 30 de diciembre de 2013

MEDIACIÓN PENAL II. Bárbara San Pedro.

Mediación Penal II

Las víctimas, como cualquiera que pasa por un proceso complicado, necesita para procesar su dolor una serie de respuestas, entre ellas saber por qué lo hizo el infractor o que sintió…. Solo a partir de ahí será capaz de recorrer su camino interior y darse cuenta de que necesita perdonar y no por el bien del preso, sino por su propio bienestar, porque el perdón es liberador.

            La víctima como dijimos es lo más importante, pero no lo único, el infractor a través de la mediación debe llegar a responsabilizarse de sus propias acciones y de sus consecuencias, cosa que no ocurre en un proceso judicial penal.

El delincuente puede compensar y reparar con su esfuerzo personal a la víctima, y participar activamente en el proceso de resolución del conflicto, hacerse cargo de los efectos causados por su comportamiento, esto favorece su compromiso en el cumplimiento de lo pactado igual que en cualquier otra mediación y desde luego facilita su posibilidad de incorporarse nuevamente a la Sociedad, no olvidemos que el fin último de la sanción penal es la reinserción del delincuente. 

Se acaba con el propósito equivocado de que el delincuente salga de la circulación, ello facilitara su posterior reinserción social y todos saldremos beneficiados.

 

Mediar no es más que intentar comprender desde qué punto de vista, desde qué perspectiva una persona contempla la realidad, desde dónde actúa y lograr trasmitírsela a la otra parte para que alcancen una situación distinta y satisfactoria para ambos.

Cuando creemos que  nuestro punto de vista es una verdad irrefutable y sólo tenemos acceso a un punto de vista y no a la realidad en su conjunto y menos a la que contempla la otra parte, nos estancamos y empobrecemos, salimos perdiendo. Sin embargo, si queremos avanzar y comprender, necesitamos preguntar y escuchar.  Es una forma de estar en la vida. Debemos elegir si queremos construir o destruir.

 

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