- Se
constituye preferiblemente una persona jurídica
- Se
dota a la misma de una unidad o departamento especifico en contratación
internacional. Dicho personal debe de tener conocimientos en gestión
operativa y documental: Trámites y documentos necesarios en exportación e
importación y agentes y organismos intervinientes
- Se
diseña un modelo de contrato de compraventa internacional con sumisión a
mediación y aconsejo a arbitraje donde se explicite básicamente el
procedimiento de mediación y la competencia territorial
- Se
dota de un departamento de mediación tanto presencial como “on line” para
lo cual hay que proveerse de los sistemas informáticos adecuados
- A
los efectos de marketing y publicidad hay que vender la rapidez y agilidad
de la prestación con ahorro de costes y tiempo respectos a los sistemas
jurisdiccionales de resolución de conflictos.
- Pensar en la mediación como un servicio mas de la empresa otorgando un carácter multidisciplinar a la misma en las que todas las prestaciones a ofrecer están enlazadas.
7. La directiva de la empresa tiene que tener conocimientos de:
a.- El procedimiento de
mediación tanto de España como de los países donde se pretenda ejercer la
actividad
b.- Conocimiento de la operativa
de comercio internacional
c. Conocimiento de los elementos
integrantes del contrato de compraventa internacional
d.- Normativa sobre Protección
de datos de carácter personal y servicios de la sociedad de información y
comercio electrónico.
e.- Normativa sobre prevención
del blanqueo de capitales